¿Quien paga las averías de los electrodomésticos en un piso de alquiler?

La ley es clara cuando se determina quien paga las averías de los electrodomésticos en un alquiler.

El alquiler de una vivienda es una opción cada vez más popular en España. Según los últimos datos del INE, más del 22% de los hogares españoles residen en una vivienda en régimen de alquiler. Este hecho implica una serie de obligaciones y responsabilidades tanto para el arrendador como para el inquilino, especialmente cuando se trata de averías en la vivienda.

¿Quien paga las averías de los electrodomésticos en un alquiler, el dueño o el inquilino?

Uno de los problemas más comunes en las viviendas de alquiler son las averías en electrodomésticos y otros elementos de uso común. En muchos casos, estas averías son causadas por el paso del tiempo o el uso normal de los electrodomésticos, pero en otros casos son causadas por el mal uso o la negligencia del inquilino o sus invitados.

La Ley de Arrendamientos Urbanos establece las obligaciones y responsabilidades de ambas partes en caso de averías en la vivienda. En general, la ley establece que es el casero quien debe hacerse cargo de las reparaciones necesarias para mantener la vivienda en condiciones habitables, salvo que la avería sea causada por el inquilino o sus invitados.

Por lo tanto, es importante que tanto el arrendador como el inquilino conozcan sus derechos y obligaciones en caso de averías en la vivienda. En primer lugar, es importante que el contrato de alquiler especifique quién será responsable de las reparaciones en la vivienda, especialmente en lo que se refiere a los electrodomésticos y otros elementos de uso común.

¿Cómo gestionar las averías en un alquiler de vivienda?

Si el contrato de alquiler no especifica quién será responsable de las reparaciones, la ley establece que es el propietario quien debe hacerse cargo de las mismas, salvo que la avería sea causada intencionalmente o por mal uso por el inquilino o sus invitados. En este caso, el inquilino deberá pagar los costes de reparación correspondientes.

En caso de averías en la vivienda, es importante que el inquilino informe al arrendador de inmediato, para que este pueda tomar las medidas necesarias para resolver el problema. Si la avería es causada por el inquilino o sus invitados, es importante que este asuma la responsabilidad correspondiente y pague los costes de reparación correspondientes.

Quien paga las averías de los electrodomésticos en un alquiler

Un punto a tener muy en cuenta es el tipo de electrodoméstico que se ha estropeado. Estos aparatos se pueden dividir en dos grupos: los esenciales y los no esenciales. Los primeros son aquellos que son indispensables para un correcto funcionamiento del hogar y son básicos en una vivienda. Por tanto tienen que ser reparados si o si cuando se estropean y en el mínimo tiempo posible.

Los electrodomésticos esenciales son:

  • Frigorífico.
  • Termo, caldera o calentador de agua.
  • Lavadora.
  • Vitroceramica o cocina de gas.

Los no esenciales serían el resto de aparatos electrodomésticos:

  • Lavavajillas.
  • Horno.
  • Secadora.
  • Plancha.
  • Etc…

Estos y otros aparatos no son básicos para la habitabilidad del hogar y como tal el casero no está obligado a la reparación o sustitución de estos si en el contrato no se refleja.

¿Que dice La Ley de Arrendamientos Urbanos?

La Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos contempla las directrices legales por las que se debe resolver ante cualquier disputa con su casero. El punto 1 de su artículo 21 indica que: «El arrendador está obligado a realizar, sin derecho a elevar por ello la renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar la vivienda en las condiciones de habitabilidad para servir al uso convenido, salvo cuando el deterioro de cuya reparación se trate sea imputable al arrendatario a tenor de lo dispuesto en los artículos 1.563 y 1.564 del Código Civil».

Acudiendo ahora al Código Civil, estos dos artículos estipulan.

Art 1.563: «El arrendatario es responsable del deterioro o pérdida que tuviera la cosa arrendada, a no ser que pruebe haberse ocasionado sin culpa suya».

Art. 1.564: «El arrendatario es responsable del deterioro causado por las personas de su casa».

Además, dicha ley indica que es el propietario del inmueble el que debe abonar cualquier avería dentro del mismo, a no ser que esta se deba a daños intencionados o uso irresponsable por el o los inquilinos. Como excepción, la Ley 29/1994 admite averías mínimas (como la limpieza de filtros o el cambio de una bombilla), o obviamente aquellos casos en los que se aporten pruebas sobre la culpabilidad del arrendatario. También que debe asumir el pago de imperfectos causados por él mismo o por sus visitas a la propiedad ya sea por mala fe o por accidente.

Que hacer si el casero se niega a pagar la reparación de un electrodoméstico

Si el propietario de la vivienda se niegua a hacerse cargo de las reparaciones correspondientes, el inquilino puede recurrir a la vía judicial para reclamar sus derechos. En cualquier caso, es importante que ambas partes actúen con transparencia y buena fe, para evitar conflictos y garantizar una convivencia armoniosa durante el período de alquiler.

En resumen, quien paga las averías de los electrodomésticos en un alquiler sería el casero en la mayoría de los casos. Por lo que gestionar las averías en una vivienda de alquiler implica conocer los derechos y obligaciones de ambas partes, establecer claramente quién será responsable de las reparaciones en el contrato de alquiler y actuar con transparencia y buena fe en todo momento. De esta forma, se pueden evitar conflictos y garantizar una convivencia armoniosa durante el período de alquiler.

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